El último tramo del año es el mejor momento para poner en orden tu actividad como autónomo o tu SL antes de que empiecen los trimestrales de cierre: revisar lo que tienes pendiente de registrar, valorar si te conviene ajustar algo de cara al año siguiente, y llegar preparado a las declaraciones que tocan al empezar el nuevo ejercicio.
Qué recopilar antes de que acabe el año
El cierre de año se hace mucho más cómodo si no dejas la recopilación de documentación para el último momento. Repasa lo que tienes pendiente de registrar en tu libro de ingresos y gastos o en tu software de facturación antes de que llegue la campaña de trimestrales.
- Facturas emitidas del año que aún no tengas registradas o cobradas.
- Facturas y tickets de gastos deducibles pendientes de introducir (suministros, material, cuotas de software, formación relacionada con tu actividad).
- Facturas de proveedores o clientes con IVA intracomunitario o de fuera de España, si las tienes.
- Movimientos de tu cuenta de autónomo o de la SL que aún no hayas conciliado con tu contabilidad.
- Justificantes de gastos que solo usas parcialmente para la actividad (vehículo, suministros del hogar si trabajas desde casa), por si aplican algún porcentaje de deducción.
¿Te conviene ajustar tu pago fraccionado o tu base de cotización?
Si estás en estimación directa, el cierre de año es un buen momento para hacer una foto aproximada de cómo ha ido el ejercicio y valorar si el pago fraccionado del IRPF que vienes haciendo trimestre a trimestre se ajusta a tu resultado real, o si conviene revisarlo de cara al año que viene junto con tu gestor.
Si cotizas por el sistema de ingresos reales, también es un buen momento para revisar tu previsión de rendimientos netos del año siguiente y comprobar si tu base de cotización actual sigue encajando, o si te compensa ajustarla para evitar sorpresas en la regularización posterior.
Si facturas por estimación por módulos, revisa si los parámetros de tu actividad (personal, superficie, consumo eléctrico, u otros según tu epígrafe) han cambiado durante el año, porque eso puede afectar al cálculo del año siguiente.
Plazos de las declaraciones trimestrales (sin comprometerte a una fecha exacta)
El último trimestre del año genera, como los otros tres, el Modelo 130 (pago fraccionado de IRPF) si estás en estimación directa, y el Modelo 303 (IVA), además del Modelo 390 de resumen anual si te corresponde presentarlo. Estas declaraciones del cuarto trimestre se presentan ya iniciado el año siguiente, dentro del plazo que fija cada año la Agencia Tributaria en su calendario del contribuyente.
Si trabajas con una gestoría, este es también el momento de confirmar con ella qué documentación necesita y con cuánta antelación, para no acumular todo el trabajo en los últimos días del plazo.
Si tienes una SL recién creada: qué revisar en tu primer cierre
Si constituiste tu SL este año, el cierre de ejercicio tiene capas adicionales respecto al de un autónomo: además de los trimestrales de IVA y retenciones, la sociedad tendrá que formular cuentas anuales y liquidar el Impuesto de Sociedades en los plazos que correspondan tras el cierre del ejercicio social.
- Revisa que el libro de actas y el libro registro de socios estén al día si ha habido alguna decisión societaria durante el año.
- Comprueba que todas las facturas de la sociedad están a nombre de la SL (con su CIF) y no mezcladas con facturas a tu nombre personal.
- Confirma con tu gestoría las fechas de formulación y aprobación de cuentas anuales y de depósito en el Registro Mercantil que correspondan a tu ejercicio social.
- Si eres autónomo societario (administrador con cotización en el RETA), revisa igualmente tu propia cuota y tu previsión de ingresos como socio de cara al año siguiente.
Cómo llegar preparado al año fiscal nuevo
- Haz una previsión aproximada de ingresos para el año que empieza, aunque sea orientativa: te sirve tanto para el pago fraccionado como para revisar tu base de cotización.
- Valora, junto con tu gestor, si el régimen que usas ahora (estimación directa, módulos, autónomo persona física o SL) sigue siendo el que mejor encaja con cómo ha evolucionado tu actividad.
- Revisa si tus tarifas o precios necesitan un ajuste de cara al nuevo año, sobre todo si tus costes o tu cuota han subido.
- Actualiza tu calendario con los trimestrales del año que empieza, para no depender de acordarte de memoria de cada plazo.
- Si vienes de un año de crecimiento fuerte, pregunta a tu gestor si sigue teniendo sentido seguir como autónomo o si empieza a compensar dar el paso a una SL.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presentan las declaraciones del cuarto trimestre?
Se presentan ya en el año siguiente, dentro del plazo que fija cada año la Agencia Tributaria en su calendario del contribuyente. Consulta siempre la fecha vigente en agenciatributaria.gob.es o con tu gestoría, porque puede variar ligeramente de un año a otro.
Mi SL es de este año, ¿ya tengo que presentar Impuesto de Sociedades?
Depende de cuándo cerró tu primer ejercicio social y de los plazos de formulación y liquidación que se apliquen a tu caso concreto. Es una de las primeras cosas que conviene confirmar con tu gestoría si has constituido la SL este año, para no perder de vista ningún plazo del primer cierre.
¿Puedo cambiar de estimación directa a módulos, o al revés, de cara al año que viene?
En general estos cambios tienen ventanas y requisitos concretos según tu actividad y tu volumen de facturación. No es una decisión que convenga tomar sin revisarla antes con un gestor o asesor fiscal, porque afecta a cómo tributas todo el año siguiente.
¿Necesito hacer algo especial en el cierre si he tenido pérdidas este año?
Tener pérdidas puede tener implicaciones distintas según si eres autónomo persona física o SL, y puede afectar a decisiones como el pago fraccionado o la previsión del año siguiente. Es otro punto que conviene llevar preparado a la conversación con tu gestoría antes de cerrar el ejercicio.