Aviso legal y fiscal: este contenido es información general y educativa, no asesoramiento legal, fiscal o laboral individualizado. Las cifras, plazos y trámites descritos son orientativos y pueden cambiar. Antes de darte de alta como autónomo o constituir una sociedad, consulta la fuente oficial (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil) y, si tu caso lo requiere, a un gestor o asesor colegiado.

Verifactu es el nombre con el que se conoce el reglamento que obliga a que los programas de facturación garanticen que las facturas no se pueden alterar ni borrar sin dejar rastro, y que permite enviar cada registro a Hacienda en tiempo real. Para los autónomos, la fecha vigente en el BOE es el 1 de julio de 2027, fijada por el Real Decreto-ley 15/2025. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que prevé aplazarlo a octubre de 2028, pero a fecha de esta revisión ese cambio aún no se ha publicado en el BOE. Aquí tienes qué es, a quién afecta, qué hacer si facturas con Excel y cómo elegir software sin precipitarte.

Qué es Verifactu, en dos minutos

La Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal modificó la Ley General Tributaria para exigir que los sistemas informáticos de facturación cumplan requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, y creó una sanción específica para quien use o fabrique programas que permitan la llamada «doble contabilidad». El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, aprobó el Reglamento de sistemas informáticos de facturación (RRSIF), y la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, desarrolló sus especificaciones técnicas.

En la práctica, cada vez que emites una factura con un programa, este genera un registro de facturación con una huella digital encadenada a la factura anterior. Si alguien modifica o borra una factura, la cadena se rompe y queda constancia. Además, la factura lleva un código QR que permite al cliente comprobarla en la sede de la Agencia Tributaria.

El reglamento ofrece dos modalidades para cumplir:

ModalidadQué hace el programaQué aparece en la facturaPara quién encaja
Sistema VERI*FACTUEnvía automáticamente cada registro de facturación a la Agencia TributariaCódigo QR y la mención «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU»La mayoría de autónomos: simplifica requisitos técnicos
Sistema no VERI*FACTUConserva los registros firmados electrónicamente, con registro de eventos, y los entrega si Hacienda los pideCódigo QRNegocios con sistemas propios o que prefieren no remitir en tiempo real

Si eliges la modalidad VERI*FACTU tienes que mantenerla al menos hasta el final del año natural en el que empezaste a remitir registros.

Fechas de Verifactu: lo que dice el BOE y lo que ha anunciado Hacienda

El calendario ha cambiado varias veces. Esta es la cronología con fuentes oficiales:

FechaNorma o anuncioQué estableció
6 de diciembre de 2023Real Decreto 1007/2023 (BOE)Aprueba el reglamento de sistemas informáticos de facturación
28 de octubre de 2024Orden HAC/1177/2024 (BOE)Especificaciones técnicas, QR y remisión de registros
2 de abril de 2025Real Decreto 254/2025 (BOE)Modifica el reglamento y fija como fechas el 1 de enero de 2026 (sociedades) y el 1 de julio de 2026 (resto)
3 de diciembre de 2025Real Decreto-ley 15/2025 (BOE), convalidado por el Congreso en diciembre de 2025Aplaza: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto, incluidos autónomos en IRPF
5 de octubre de 2026Nota informativa del Ministerio de HaciendaAnuncia la previsión de aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, para alinearlas con la factura electrónica obligatoria
Situación a 23 de octubre de 2026: el texto consolidado del Real Decreto 1007/2023 en el BOE mantiene el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. El aplazamiento a octubre de 2028 es, de momento, una previsión anunciada por Hacienda que necesita una modificación normativa publicada en el BOE. Hasta entonces, la fecha que obliga es la de 2027. Actualizaremos esta guía cuando se publique.

La nota de Hacienda explica el motivo: hacer coincidir Verifactu con la obligación de factura electrónica entre empresas para quienes facturan hasta 8 millones de euros al año, que la Orden HAC/1028/2026 sitúa el 6 de octubre de 2028. También aclara que los requisitos de integridad, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes. Es decir: puede cambiar el cuándo, no el qué.

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A quién afecta y quién queda fuera

El artículo 3 del reglamento lo aplica a quienes usen un sistema informático para facturar, aunque sea solo en parte de su actividad: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, autónomos en IRPF con actividades económicas (en estimación directa o en módulos), no residentes con establecimiento permanente y entidades en atribución de rentas, como comunidades de bienes. También obliga a los fabricantes y comercializadores de software.

Situación¿Le afecta Verifactu?Por qué
Autónomo que factura con un programa o appSí, desde el 1 de julio de 2027 (fecha vigente)Usa un sistema informático de facturación
Autónomo societario que factura a través de su SLSí, la SL desde el 1 de enero de 2027La obligada es la sociedad, contribuyente del Impuesto sobre Sociedades
Empresas y autónomos en el SII (Suministro Inmediato de Información)NoExcluidos expresamente: ya envían sus libros registro a Hacienda casi en tiempo real
Domicilio fiscal en País VascoNo, aplica TicketBAIEl reglamento se aplica sin perjuicio de los regímenes forales; las diputaciones forales tienen su propio sistema
Domicilio fiscal en NavarraNo, aplica la normativa foral navarraMismo motivo: régimen de convenio
Autónomo que factura a mano (talonario en papel)NoNo usa sistema informático; las facturas deben cumplir igualmente el reglamento de facturación
Actividades exentas de facturar o entidades exentas del Impuesto sobre SociedadesNo, en esa parteEl reglamento no se aplica a quien no tiene que expedir factura

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?

Es la duda más repetida. Según las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria, el reglamento no afecta al uso de un procesador de texto o una hoja de cálculo cuando solo sirven para escribir los datos de la factura, imprimirla y guardarla, ni a un Excel que genere listados simples con sumas. Sí afecta si programas la hoja para que funcione como un sistema de facturación, por ejemplo con macros que generan el libro registro de facturas expedidas: entonces es un sistema informático de facturación y debe cumplir todos los requisitos, cosa que un Excel casero no puede hacer.

La propia Agencia Tributaria advierte de que puede comprobar caso a caso las capacidades de la herramienta. En la práctica, si facturas con plantillas, el riesgo está en ir automatizando la hoja hasta convertirla en un programa. Si tu volumen es pequeño, otra opción es la aplicación de facturación gratuita de la Agencia Tributaria, que cumple el reglamento en modalidad VERI*FACTU.

Cómo elegir software de facturación sin precipitarte

No hace falta cambiar de programa mañana, pero sí comprobar que el tuyo estará adaptado antes de la fecha que te obligue. Criterios neutrales para decidir:

  1. Declaración responsable: el fabricante debe emitir una declaración responsable de que su programa cumple el reglamento. Pídela o búscala en su web; es obligatoria y la tienes que poder ver dentro del propio programa.
  2. Modalidad: comprueba si permite trabajar en modo VERI*FACTU (envío automático) y si lo hace sin coste adicional.
  3. Factura electrónica: como en 2028 llegará la factura electrónica obligatoria entre empresas, valora si el programa ya prepara facturas en formato estructurado o tiene previsto hacerlo.
  4. Retenciones, IVA y modelos: que calcule retenciones de IRPF, distintos tipos de IVA, rectificativas y que exporte datos para el 303 y el 130.
  5. Exportación de datos: que puedas descargar tus facturas y registros si cambias de proveedor.
  6. Coste real: compara planes por número de facturas y usuarios. Hay programas habituales entre autónomos, como Holded, Quipu, Billin o Contasimple, y la aplicación gratuita de la Agencia Tributaria; ninguno es mejor para todos.

Antes de elegir, repasa qué debe llevar una factura correcta en cómo hacer una factura de autónomo y la diferencia entre factura simplificada y completa: Verifactu se aplica a ambas.

Sanciones: qué dice el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria

InfracciónQuiénSanción
Tener o usar sistemas que no cumplen los requisitos, no certificados cuando deban estarlo o alteradosUsuario: autónomo o empresa50.000 € por cada ejercicio
Fabricar, producir o comercializar sistemas que no cumplen los requisitosFabricante o vendedor de software150.000 € por ejercicio y por cada tipo de sistema
Comercializar sistemas sin certificar cuando deban estarloFabricante o vendedor1.000 € por cada sistema vendido

Las infracciones se califican como graves. Por eso conviene no improvisar: el problema no es usar un programa u otro, sino usar uno que permita borrar o alterar facturas sin rastro una vez llegue tu fecha.

Qué hacer ahora si eres autónomo

Verifactu y factura electrónica no son lo mismo

Verifactu regula cómo debe funcionar el programa con el que facturas (que no se puedan manipular las facturas). La factura electrónica obligatoria, que nace de la Ley 18/2022 «Crea y Crece» y del Real Decreto 238/2026, regula el formato y el intercambio de facturas entre empresas y profesionales, y el seguimiento de su pago. Afectan a cosas distintas, pero Hacienda quiere que converjan, por eso propone alinear sus fechas. Lo tienes explicado en la guía de fiscalidad para autónomos.

Esta guía resume normativa general. Para decidir qué sistema usar en tu caso, sobre todo si tienes varias actividades, una comunidad de bienes o estás en el SII, consulta con tu gestor o asesor.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio Verifactu para autónomos?

Según el BOE vigente, el 1 de julio de 2027 para autónomos en IRPF y el 1 de enero de 2027 para sociedades, fechas fijadas por el Real Decreto-ley 15/2025. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé aplazarlo a octubre de 2028, pero ese cambio todavía tiene que publicarse en el BOE.

¿Verifactu se aplaza a 2028?

Hacienda lo ha anunciado como previsión en una nota informativa del 5 de octubre de 2026, para hacerlo coincidir con la factura electrónica obligatoria de pymes y autónomos el 6 de octubre de 2028. Hasta que se publique la modificación en el BOE, las fechas legales siguen siendo las de 2027.

¿Puedo seguir haciendo facturas en Excel o Word?

Según la Agencia Tributaria, sí si la hoja o el procesador solo sirven para escribir, imprimir y guardar las facturas. Si la programas para que genere libros registro o funcione como un programa de facturación, pasa a ser un sistema informático de facturación y debe cumplir el reglamento.

¿Qué autónomos no tienen que usar Verifactu?

Los que llevan sus libros por el SII, los que tienen domicilio fiscal en País Vasco o Navarra, que tienen sus propios sistemas como TicketBAI, y quienes no usan ningún sistema informático para facturar, por ejemplo con un talonario en papel.

¿Cuál es la multa por no cumplir Verifactu?

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria sanciona con 50.000 euros por ejercicio al usuario que tenga sistemas que no cumplan, estén alterados o no certificados cuando deban estarlo. A los fabricantes y comercializadores, con 150.000 euros por ejercicio y tipo de sistema.

¿Hacienda tiene un programa gratuito de facturación?

Sí. La Agencia Tributaria ofrece una aplicación de facturación gratuita en su sede electrónica, pensada para quien emite pocas facturas, que funciona en modalidad VERI*FACTU. Tiene funciones más limitadas que un programa comercial.