El modelo 036 es la declaración censal con la que comunicas a Hacienda que empiezas, cambias o terminas una actividad económica. El modelo 037, su versión simplificada, ya no existe: se suprimió con efectos desde el 3 de febrero de 2025, así que en 2026 cualquier autónomo usa el 036. Te explicamos qué rellenar en cada apartado, los plazos y los errores que generan sanciones o problemas con el IVA.
Qué es el modelo 036 y para qué sirve
El 036 es la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Con ella Hacienda sabe quién eres, a qué te dedicas, desde cuándo y qué impuestos te afectan. A partir de lo que declares, la Agencia Tributaria espera que presentes unos modelos concretos cada trimestre y cada año.
Lo presentan autónomos, sociedades y cualquier persona o entidad que vaya a realizar actividades empresariales o profesionales, o que vaya a pagar rendimientos con retención (por ejemplo, porque contrata a un trabajador o alquila un local).
Qué ha pasado con el modelo 037
Hasta 2025 muchas personas físicas usaban el 037, una declaración censal simplificada para casos sencillos. La Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, publicada en el BOE el 9 de enero de 2025, suprimió el modelo 037 y modificó el 036. Los cambios se aplican a las declaraciones presentadas desde el 3 de febrero de 2025.
| Antes de febrero de 2025 | Desde el 3 de febrero de 2025 | |
|---|---|---|
| Modelo para autónomos con situación sencilla | 037 o 036 | Solo 036 |
| Modelo para casos complejos (ROI, varias actividades, regímenes especiales) | 036 | 036 |
| Declaraciones 037 presentadas antes del cambio | Válidas | Siguen siendo válidas; los cambios posteriores se hacen con 036 |
| Novedades del 036 | - | Apartado de titularidad real para entidades y casilla de rehabilitación del NIF |
Plazos del 036: alta, modificación y baja
Los plazos los fija el Reglamento de gestión tributaria (Real Decreto 1065/2007). El matiz importante del alta es que no hay un plazo de días, sino un momento: antes de empezar.
| Situación | Plazo | Base legal |
|---|---|---|
| Alta en el censo | Antes de iniciar la actividad | Art. 9 RD 1065/2007 |
| Modificación de datos (domicilio, epígrafe, IVA...) | Un mes desde que cambia la situación | Art. 10 RD 1065/2007 |
| Baja por cese de actividad | Un mes desde el cese | Art. 11 RD 1065/2007 |
| Baja por fallecimiento (la presentan los herederos) | Seis meses | Art. 11 RD 1065/2007 |
Para Hacienda, la actividad empieza en cuanto realizas cualquier entrega, prestación o adquisición de bienes o servicios, cobras o pagas, o contratas personal con la finalidad de producir o distribuir bienes o servicios. Comprar el ordenador con el que vas a trabajar ya puede ser inicio de actividad a efectos de IVA, y por eso el 036 permite indicar que empiezas a adquirir bienes antes de empezar a facturar.
Cómo se presenta el modelo 036
Lo habitual es presentarlo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el formulario del modelo 036, identificándote con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Si aún no tienes ninguno, consulta cómo obtener el certificado digital o Cl@ve PIN. Si no estás obligado a relacionarte electrónicamente con Hacienda, también puedes presentarlo en una oficina con cita previa. Es gratuito.
Al terminar, guarda el justificante en PDF con su código seguro de verificación. Te lo pedirán el banco, algunos clientes, el ayuntamiento y, a veces, el SEPE si capitalizas el paro.
Modelo 036 y modelo 030: no los confundas
El modelo 030 también es una declaración censal, pero sirve para personas físicas que no realizan actividades económicas: comunicar un cambio de domicilio, actualizar datos personales u obtener el NIF. En cuanto empiezas una actividad como autónomo, tu declaración es el 036, y los cambios posteriores de domicilio también los comunicas con él.
| Modelo | Quién lo usa | Ejemplo |
|---|---|---|
| 036 | Empresarios, profesionales, sociedades y retenedores | Te das de alta como autónomo o cambias de local |
| 030 | Personas físicas sin actividad económica | Cambias tu domicilio fiscal siendo asalariado |
| 037 | Suprimido desde el 3 de febrero de 2025 | Ya no se puede presentar |
Qué rellenar en el 036 si eres autónomo
El formulario es largo, pero una persona física que empieza solo tiene que cumplimentar unos pocos apartados. Estos son los que importan y las decisiones que hay detrás:
| Apartado | Qué indicas | En qué te fijas |
|---|---|---|
| Causa de presentación | Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores | Marca también las opciones de IVA, IRPF o ROI que vayas a declarar |
| Identificación | NIF, nombre, domicilio fiscal y datos de contacto para avisos | Indica un teléfono y un correo que revises: ahí llegan los avisos de la Agencia Tributaria |
| Actividades económicas y locales | Epígrafe IAE, fecha de inicio, tipo de actividad y lugar de ejercicio | Empresarial o profesional cambia la retención; indica si trabajas en casa o en un local |
| IVA | Régimen general, recargo de equivalencia, simplificado o exención | Si tu actividad está exenta no presentarás 303 |
| IRPF | Estimación directa simplificada, normal u objetiva (módulos) | Si estás exento de pagos fraccionados por tener retención en al menos el 70 % de ingresos |
| Retenciones e ingresos a cuenta | Solo si vas a pagar nóminas, alquileres o facturas de profesionales con retención | Implica presentar 111, 115 u otros modelos |
| Registro de Operadores Intracomunitarios | Si vas a operar con empresas de otros países de la UE | Sin ROI no puedes facturar sin IVA a clientes empresariales de la UE |
La elección del epígrafe es la decisión con más consecuencias: determina si eres profesional (sección 2.ª) o empresario (sección 1.ª), si llevas retención y, en algunos casos, el régimen de IVA. Tienes una guía específica en cómo elegir el epígrafe IAE correcto. Si vas a vender productos al público como persona física, revisa qué es el recargo de equivalencia, porque puede ser obligatorio.
Ejemplo: un diseñador gráfico que empieza en 2026
Ejemplo orientativo. Laura va a trabajar como diseñadora gráfica desde casa para empresas españolas y alguna agencia de Portugal. En su 036 marcaría: alta en el censo; epígrafe profesional de la sección 2.ª acorde a su actividad; inicio el día 1 del mes siguiente; actividad en su domicilio; IVA en régimen general; IRPF en estimación directa simplificada; y solicitud de alta en el ROI por la agencia portuguesa. Como factura sobre todo a empresas con retención, si prevé que al menos el 70 % de sus ingresos la lleven, no tendrá que presentar el modelo 130.
Después, ese mismo día o en los siguientes, Laura haría su alta en el RETA con la misma fecha de inicio. Lo explicamos en alta en la Seguridad Social paso a paso, y el proceso completo en la guía para darte de alta como autónomo.
Cuándo tienes que presentar un 036 de modificación
- Cambias de domicilio fiscal o de local de la actividad.
- Añades una actividad nueva o cambias de epígrafe.
- Cambias de régimen de IVA o de método de estimación en el IRPF (las renuncias a módulos tienen plazos propios, normalmente en diciembre o al inicio del año).
- Empiezas a operar con la UE y necesitas el alta en el ROI.
- Contratas a tu primer trabajador o alquilas un local con retención.
- Pasa a ser obligatorio o dejas de estar obligado a presentar el modelo 130.
El cese también va por 036: tienes un mes desde que dejas la actividad. Recuerda que la baja en Hacienda y la baja en la Seguridad Social son trámites distintos; ver baja de autónomo, cómo y cuándo hacerla.
Errores frecuentes en el modelo 036
- Presentarlo después de haber emitido la primera factura.
- Poner una fecha de inicio diferente a la del alta en el RETA.
- Elegir un epígrafe empresarial siendo profesional y facturar sin retención cuando correspondía.
- No pedir el alta en el ROI y facturar sin IVA a una empresa de otro país de la UE.
- Marcar un régimen especial de IVA sin cumplir sus requisitos.
- Olvidar el 036 de modificación al mudarse: las notificaciones y las comprobaciones se dirigen a tu domicilio censal.
- No darse de baja al dejar la actividad y seguir obligado a presentar modelos trimestrales, aunque sean con resultado cero.
Qué pasa si presentas el 036 tarde
No presentar en plazo una declaración censal es una infracción leve con una multa fija de 400 € (artículo 198 de la Ley General Tributaria). Si la presentas tarde por tu cuenta, sin requerimiento de Hacienda, la sanción se reduce a la mitad, y puede tener reducciones adicionales por pronto pago. Más allá de la multa, el problema real suele ser el IVA: si facturaste sin estar de alta, tendrás que regularizar esas operaciones.
Preguntas frecuentes
¿El modelo 037 sigue existiendo en 2026?
No. La Orden HAC/1526/2024 suprimió el modelo 037 con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Desde esa fecha, el alta, las modificaciones y la baja en el censo se presentan con el modelo 036.
¿Cuánto cuesta presentar el modelo 036?
Nada. Es un trámite gratuito ante la Agencia Tributaria. Solo pagarías algo si encargas a un gestor que lo presente por ti.
¿Cuándo tengo que presentar el 036?
Antes de iniciar la actividad. Para las modificaciones y la baja, el plazo es de un mes desde que cambia tu situación o desde el cese.
¿Puedo presentar el 036 sin certificado digital?
Puedes hacerlo online con DNI electrónico o Cl@ve. Si no estás obligado a relacionarte electrónicamente con Hacienda, también puedes presentarlo en una oficina de la Agencia Tributaria con cita previa.
¿Qué hago si me equivoqué en el 036?
Presenta un 036 de modificación corrigiendo los datos. Si el error afecta a facturas ya emitidas, por ejemplo por la retención o el IVA, puede que tengas que emitir facturas rectificativas.
¿El 036 me da de alta también en la Seguridad Social?
No. El 036 es solo para Hacienda. El alta en el RETA se pide aparte, en Import@ss, desde 60 días antes del inicio hasta el mismo día en que empiezas.