Si trabajas como diseñador gráfico por tu cuenta, lo habitual es darte de alta en el grupo 399 de la sección segunda del IAE, como profesional. Eso implica facturar con IVA del 21 % y retención del 15 % (7 % los primeros años) a empresas españolas. Con clientes de otros países de la UE necesitas el alta en el ROI y facturar sin IVA por inversión del sujeto pasivo. Aquí tienes cada caso con ejemplos.
Qué epígrafe del IAE corresponde al diseño gráfico
La tarifa del IAE no tiene un epígrafe llamado «diseñador gráfico». La Dirección General de Tributos ha resuelto la duda en varias consultas vinculantes (por ejemplo, la V2396-22 y la V1834-20): si ejerces el diseño gráfico personalmente, sin organización empresarial, te corresponde el grupo 399 de la sección segunda, «Otros profesionales relacionados con otras industrias manufactureras, n.c.o.p.».
| Situación | Epígrafe IAE | Retención en facturas |
|---|---|---|
| Diseño gráfico ejercido personalmente | Grupo 399, sección segunda | Sí: 15 % o 7 % |
| Diseño con organización empresarial (equipo, medios propios de empresa) | Epígrafe 843.9, sección primera | No |
| Además programas webs | Añadir grupo 763, sección segunda | Sí: 15 % o 7 % |
| Maquetación y artes gráficas como técnico | Grupo 322, sección segunda (según DGT V2336-11) | Sí: 15 % o 7 % |
En la CNAE-2025 la actividad aparece como 74.12 «Actividades de diseño gráfico y de comunicación visual». Si haces también ilustración artística o vendes láminas, puede que necesites epígrafes adicionales. Puedes darte de alta en varios a la vez en el mismo modelo 036.
Te lo explicamos con más ejemplos en cómo elegir el epígrafe IAE correcto.
Alta en Hacienda y en la Seguridad Social
- Modelo 036 en la sede de la Agencia Tributaria: grupo 399 (y los que añadas), fecha de inicio, régimen general de IVA, estimación directa simplificada en IRPF y, si vas a trabajar con clientes de la UE, la casilla de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). El 037 ya no existe desde 2025. Detalle en alta con el modelo 036.
- Alta en el RETA por Import@ss hasta 60 días antes o como tarde el día de inicio, eligiendo base por tus rendimientos previstos y pidiendo la tarifa plana.
- Certificado digital o Cl@ve para tus trámites trimestrales.
Con la tarifa plana pagas 80 euros al mes más el MEI (unos 88,6 euros) durante 12 meses si no has estado de alta en el RETA en los dos años anteriores. Después cotizas por tramos: por ejemplo, con un rendimiento neto de 1.700 a 1.850 euros al mes la cuota ronda los 360 euros. Haz tus números con la calculadora de cuota 2026.
Retención de IRPF: 15 % o 7 %
Al estar en la sección segunda eres profesional a efectos del IRPF. Cuando facturas a una empresa o a otro autónomo establecido en España, aplicas una retención del 15 %, o del 7 % en el año de inicio y los dos siguientes si no ejerciste actividad profesional en el año anterior. El 7 % es una opción: tienes que comunicarlo a tu cliente. A particulares y a clientes extranjeros no les aplicas retención.
| Concepto | Cliente empresa española (año 1) | Particular en España |
|---|---|---|
| Diseño de identidad visual | 1.200,00 € | 1.200,00 € |
| IVA 21 % | +252,00 € | +252,00 € |
| Retención 7 % | -84,00 € | No aplica |
| Total a cobrar | 1.368,00 € | 1.452,00 € |
Si al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevó retención, no tienes que presentar el modelo 130. Si trabajas mucho con particulares o clientes extranjeros, lo normal es que sí debas presentarlo. Lo explicamos en el modelo 130 paso a paso.
IVA con clientes de España, la UE y fuera de la UE
El diseño gráfico es un servicio. Según el artículo 69 de la Ley del IVA, cuando el cliente es un empresario o profesional, el servicio se entiende prestado donde está establecido el cliente. Esto cambia por completo la factura según dónde esté.
| Cliente | IVA en tu factura | Retención | Qué declaras |
|---|---|---|---|
| Empresa o autónomo en España | 21 % | 15 % o 7 % | Modelo 303 y 390 |
| Particular en España | 21 % | No | Modelo 303 y 390 |
| Empresa de otro país de la UE con NIF-IVA válido | Sin IVA: inversión del sujeto pasivo | No | Modelo 303 (informativo) y modelo 349 |
| Empresa fuera de la UE (EE. UU., Reino Unido, Suiza...) | Sin IVA: no sujeto por reglas de localización | No | Modelo 303 (informativo) |
| Particular de otro país de la UE | Normalmente IVA español 21 %, salvo excepciones | No | Consúltalo con tu asesor |
Para facturar sin IVA a una empresa europea necesitas dos cosas: estar dado de alta en el ROI y comprobar en el sistema VIES de la Comisión Europea que el NIF-IVA de tu cliente es válido. En la factura añade la mención «Inversión del sujeto pasivo» y el NIF-IVA del cliente. Cada operación intracomunitaria se declara también en el modelo 349, que es informativo.
Calendario fiscal del diseñador gráfico
Una vez dado de alta, tus obligaciones se repiten cada trimestre. Apúntalas desde el primer día, porque los recargos por presentar tarde se aplican aunque el resultado sea cero.
| Modelo | Qué es | Cuándo |
|---|---|---|
| 303 | IVA trimestral | 1-20 de abril, julio y octubre; 1-30 de enero |
| 130 | Pago fraccionado de IRPF (si menos del 70 % de tus ingresos lleva retención) | Mismos plazos que el 303 |
| 349 | Declaración informativa de operaciones con la UE (solo si las tienes) | Mismos plazos que el 303 si es trimestral |
| 390 | Resumen anual de IVA | Enero |
| Renta (100) | Declaración anual de IRPF | Campaña de la renta, de abril a junio |
Tienes todas las fechas en el calendario fiscal de autónomos 2026. Recuerda además que el sistema Verifactu de facturación será obligatorio para autónomos a partir del 1 de julio de 2027: si eliges ya un programa de facturación (Holded, Quipu, Billin u otros), comprueba que esté preparado.
Presupuestos y facturas: cómo cobrar sin sustos
En diseño es habitual empezar a trabajar con un correo y acabar discutiendo cambios infinitos. Antes de empezar, deja por escrito el alcance (piezas y formatos), el número de rondas de revisión incluidas, el precio de las revisiones extra, los plazos y la forma de pago. Pedir un anticipo del 30 al 50 % en proyectos nuevos es una práctica frecuente. Recuerda que la factura se emite con todos los datos obligatorios y con numeración correlativa, y que si aplicas el 7 % de retención debes indicarlo en la factura.
Derechos de autor y cesión de uso
Un diseño gráfico original es una obra protegida por la propiedad intelectual. En tus presupuestos y facturas conviene dejar claro qué cedes: si es cesión de derechos de explotación, para qué usos, territorio y duración. Algunos clientes piden una cesión total; otros solo para un uso concreto. Si vendes plantillas o recursos en marketplaces, el tratamiento puede ser distinto y conviene consultarlo con tu asesor.
Coste orientativo para empezar
| Concepto | Rango orientativo |
|---|---|
| Ordenador y pantalla calibrada | 1.200 a 3.500 € |
| Licencias de software de diseño (anual) | 300 a 900 € |
| Tableta gráfica y periféricos | 100 a 600 € |
| Tipografías y bancos de imágenes | 0 a 400 € al año |
| Web y dominio de portfolio | 50 a 300 € al año |
| Seguro de responsabilidad civil profesional (opcional) | 100 a 300 € al año |
| Cuota de autónomo con tarifa plana (12 meses) | Unos 1.060 € |
Son cifras orientativas. Para el cuadro completo del primer año revisa cuánto cuesta ser autónomo el primer año.
Gastos deducibles típicos
- Equipos informáticos y tabletas (se amortizan si superan el importe de pequeño material).
- Suscripciones de software, tipografías, bancos de imágenes y almacenamiento en la nube.
- Coworking o la parte proporcional de suministros si trabajas en casa, con los límites de Hacienda.
- Formación, libros y eventos del sector.
- Cuota de autónomo, gestoría, seguro y comisiones de plataformas de pago.
Revisa los límites de cada gasto en qué gastos puede deducirse un autónomo.
Primeros pasos para conseguir clientes
- Portfolio online con casos reales: problema, proceso y resultado, con permiso del cliente para mostrarlo.
- Perfil profesional en redes donde estén tus clientes ideales (Behance, Dribbble, LinkedIn, Instagram).
- Ficha de Google Business Profile si quieres clientes locales.
- Colaboraciones con imprentas, agencias, desarrolladores web y fotógrafos.
- Marketplaces de freelance para tus primeros proyectos, teniendo en cuenta sus comisiones.
Errores frecuentes
- Darte de alta en un epígrafe de la sección primera cuando ejerces solo y luego facturar con retención, o al revés.
- Facturar sin IVA a clientes europeos sin estar en el ROI ni comprobar su NIF-IVA en VIES.
- Poner retención a un cliente extranjero: no corresponde.
- Olvidar el modelo 349 cuando tienes clientes de la UE.
- No pactar por escrito la cesión de derechos y el número de rondas de cambios.
Preguntas frecuentes
¿Qué epígrafe del IAE corresponde a un diseñador gráfico?
Si ejerces personalmente, el grupo 399 de la sección segunda, según el criterio de la Dirección General de Tributos. Con organización empresarial, el 843.9 de la sección primera.
¿Un diseñador gráfico autónomo tiene que aplicar retención?
Sí, si está en la sección segunda y factura a empresas o profesionales españoles: el 15 %, o el 7 % el año de inicio y los dos siguientes. No se aplica a particulares ni a clientes extranjeros.
¿Cobro IVA a un cliente de Alemania o Francia?
No, si es una empresa con NIF-IVA válido y tú estás dado de alta en el ROI. Facturas sin IVA con la mención de inversión del sujeto pasivo y lo declaras en el modelo 349.
¿Y a un cliente de Estados Unidos?
Si es una empresa, el servicio no está sujeto al IVA español por las reglas de localización. Facturas sin IVA y sin retención, pero declaras el ingreso en tu IRPF.
¿Puedo diseñar y programar webs con el mismo alta?
Puedes, pero añadiendo el grupo 763 de la sección segunda para la programación web, según el criterio de la DGT. Ambos epígrafes se incluyen en el mismo modelo 036.
¿Necesito un título para ser diseñador gráfico autónomo?
No. El diseño gráfico no es una profesión regulada ni exige colegiación para ejercer.