Aviso legal y fiscal: este contenido es información general y educativa, no asesoramiento legal, fiscal o laboral individualizado. Las cifras, plazos y trámites descritos son orientativos y pueden cambiar. Antes de darte de alta como autónomo o constituir una sociedad, consulta la fuente oficial (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil) y, si tu caso lo requiere, a un gestor o asesor colegiado.

La regla general es simple —el gasto debe estar vinculado a tu actividad, justificado y registrado— pero algunos casos concretos generan dudas recurrentes.

Gastos que suelen ser claramente deducibles

Gastos con requisitos específicos

Guarda siempre la factura completa (no el tique) con tu NIF y el desglose de IVA: es el documento que exige Hacienda para admitir la deducción.