Aviso legal y fiscal: este contenido es información general y educativa, no asesoramiento legal, fiscal o laboral individualizado. Las cifras, plazos y trámites descritos son orientativos y pueden cambiar. Antes de darte de alta como autónomo o constituir una sociedad, consulta la fuente oficial (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil) y, si tu caso lo requiere, a un gestor o asesor colegiado.

Al darte de alta como autónomo, debes elegir una mutua colaboradora con la Seguridad Social que gestione las contingencias de accidente de trabajo y, si la contratas, tu baja por enfermedad común.

Qué cubre

Puedes cambiar de mutua colaboradora una vez al año, dentro del plazo habilitado para ello, si no estás satisfecho con el servicio.