Aviso legal y fiscal: este contenido es información general y educativa, no asesoramiento legal, fiscal o laboral individualizado. Las cifras, plazos y trámites descritos son orientativos y pueden cambiar. Antes de darte de alta como autónomo o constituir una sociedad, consulta la fuente oficial (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil) y, si tu caso lo requiere, a un gestor o asesor colegiado.

La tarifa plana reduce tu cuota los primeros meses; después, tu cuota pasa a depender de tus rendimientos netos reales, por tramos. Esta guía junta ambas piezas.

La tarifa plana, en resumen

El importe exacto de la tarifa plana se revisa cada año en los Presupuestos Generales del Estado: usa siempre la cifra vigente en sede.seg-social.gob.es antes de dar por buena una cantidad concreta.

Qué pasa cuando termina la tarifa plana

A partir del mes 13 (o del 25 si se amplía), tu cuota depende de tus rendimientos netos mensuales estimados, dentro de un sistema de tramos: cuanto menos ganes, menor es tu base mínima obligatoria, y viceversa. Puedes ajustar el tramo varias veces al año según cómo evolucione tu negocio. Prueba el <a href="/#simulador">simulador de cuota</a> de esta página para hacerte una idea orientativa.

Frequently asked questions

¿La tarifa plana se pierde si facturo mucho el primer año?

No, la tarifa plana de los primeros 12 meses no depende de cuánto factures. La condición de ingresos por debajo del SMI solo afecta a la ampliación del mes 13 al 24.

¿Puedo volver a pedir la tarifa plana si ya la usé antes?

Sí, siempre que hayan pasado al menos 2 o 3 años (según la normativa vigente) desde la última vez que estuviste de alta como autónomo cotizando en el RETA.